Límites, derechos y abusos a los MIR en verano
En el complejo engranaje del sistema sanitario español, los médicos residentes – también conocidos como MIR – ocupan un lugar fundamental. Son profesionales ya graduados en Medicina, con título oficial, que se encuentran realizando su formación especializada durante al menos cuatro años, bajo la modalidad de contrato laboral retribuido.
Se trata de médicos en formación, pero con responsabilidades clínicas crecientes. Ahora bien, ¿dónde están los límites legales de su responsabilidad? ¿Y qué ocurre cuando, como sucede cada verano, se les contrata para sustituir a médicos de familia en atención primaria?
¿Qué responsabilidad legal tienen?
En términos generales, un residente puede incurrir en responsabilidad penal, civil y administrativa, como cualquier otro profesional sanitario. Pero su estatus de médico en formación atenúa y condiciona esa responsabilidad.
En lo penal, se le puede exigir responsabilidad por delitos como lesiones por imprudencia o abandono de deberes, pero los tribunales suelen valorar su nivel de experiencia y si actuó bajo supervisión o no.
En lo civil, las reclamaciones por daños a pacientes se dirigen casi siempre contra el hospital o la administración sanitaria. El residente solo responderá directamente si ha actuado con imprudencia grave o fuera de su rol formativo.
En lo administrativo, puede ser sancionado si incurre en faltas dentro del régimen disciplinario del centro, aunque de nuevo se pondera su condición de médico en formación.
Por tanto, los residentes deben estar supervisados adecuadamente y no se les puede exigir que actúen con el mismo grado de autonomía y responsabilidad que un médico especialista con plaza en propiedad. El marco normativo —especialmente la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS) y el Estatuto del Personal Sanitario en Formación— lo deja claro: el residente aprende haciendo, pero no asume las máximas decisiones clínicas sin apoyo.
Cuando un residente sustituye al titular
En verano, muchos servicios de salud optan por contratar a residentes de último año (R4 o R5, según la especialidad) para cubrir vacaciones en centros de salud. Aunque legalmente es posible si el residente ha finalizado o está a punto de finalizar la especialidad, esta práctica plantea serios interrogantes éticos y organizativos cuando se contrata a residentes que aún no han acabado su formación o no se ofrece supervisión alguna, convirtiéndolos en médicos de familia de facto o incluso se les exige una carga de trabajo idéntica a la de un especialista, con agendas completas y decisiones clínicas complejas.
Este uso de médicos en formación como «tapones del sistema» no solo es injusto para ellos, sino que puede comprometer la seguridad del paciente. Además, les coloca en una posición de riesgo legal y emocional, al verse obligados a tomar decisiones clínicas más allá de su nivel de experiencia.
¿Quién responde ante un error?
En estos casos, el encaje legal se vuelve difuso. Si el residente firma un contrato eventual como médico sustituto, ya no está actuando como residente, sino como médico especialista. Pero si aún no ha finalizado su formación o no está registrado como tal en el colegio profesional, puede producirse un vacío legal.
Desde un punto de vista jurídico, si el residente ha sido habilitado oficialmente para ese puesto y acepta el contrato, asume la responsabilidad profesional del cargo, incluso si se siente inseguro o mal preparado.
No obstante, si se demuestra que ha sido presionado a aceptar el contrato, que no había suficiente supervisión o que la administración actuó de forma negligente al cubrir la plaza sin garantías, puede derivarse responsabilidad hacia la institución contratante.
En todo caso, la figura del residente queda en una zona gris, sin la protección total de su etapa formativa ni con el reconocimiento pleno de especialista.
¿El paciente tiene derecho a saber quién lo atiende?
Sí, el paciente tiene derecho a saber si lo está atendiendo un médico en formación. Así lo establece la Ley de Autonomía del Paciente (41/2002), que en su artículo 4 garantiza el derecho a conocer la identidad y categoría profesional de quienes le prestan atención.
En concreto, debe informarse si quien atiende al paciente es un residente MIR, un médico sustituto, o un adjunto con plaza. Este derecho se extiende también al hecho de que el paciente puede negarse a ser atendido por un médico en formación, especialmente si no se siente cómodo o si considera que su caso requiere mayor experiencia.
En atención primaria, donde el residente puede estar ocupando una plaza eventual, el usuario puede solicitar un cambio de médico si así lo desea, aunque su efectividad depende de la disponibilidad del centro.
Sin embargo, este derecho no siempre se ejerce, bien por desconocimiento, bien porque los centros no identifican con claridad el perfil del profesional. La carga asistencial y la falta de transparencia pueden hacer que el paciente no sepa quién lo está atendiendo realmente.
Un uso insostenible del «recurso MIR»
La escasez de médicos de familia, especialmente en ciertas comunidades autónomas, ha llevado a que la figura del residente se utilice de forma estructural para suplir carencias de personal. En lugar de reforzar las plantillas con contratos estables, se recurre a contrataciones exprés de R4, que apenas cuentan con días de transición entre su rol formativo y su labor asistencial autónoma.
Este modelo no solo expone legalmente al residente, sino que deteriora el aprendizaje, precariza el sistema y puede afectar negativamente a la salud de los pacientes. La responsabilidad no puede depositarse sobre hombros inexpertos sin los recursos adecuados.
La voz de los colegios y sociedades médicas coincide: aunque los residentes de último año tienen competencias crecientes, su uso para suplir las plantillas durante el verano no debe comprometer la formación, la legalidad ni la seguridad asistencial. Se exige que los R4 completen su formación en centros docentes. Cualquier tarea asistencial fuera de este entorno debe formalizarse como rotación externa supervisada, no como contrato eventual de sustitución.
El Colegio de Médicos de Pontevedra denunció la contratación de profesionales en atención primaria sin la especialidad en Medicina Familiar y Comunitaria, lo que viola la normativa y pone en riesgo la seguridad del paciente. Solicitó formalmente a la Xunta que cese estas contrataciones y recordó que solo los profesionales con la acreditación adecuada pueden ejercer en primaria.
Los médicos residentes son un pilar esencial del sistema sanitario, pero no pueden ni deben suplir la función de los especialistas sin garantías legales, supervisión y preparación suficiente. Si bien su responsabilidad legal está limitada por su condición formativa, esa protección se disipa cuando se les coloca —de forma directa o encubierta— en roles para los que no han sido aún acreditados.
El uso de residentes para cubrir plazas vacantes en atención primaria durante el verano refleja una solución cortoplacista, que pone en riesgo a los profesionales jóvenes y no resuelve los problemas estructurales de nuestro sistema sanitario. Urge una planificación a largo plazo que proteja la formación de los MIR y garantice atención de calidad para todos

