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InicioA CoruñaInés Rey declara la emergencia sanitaria

Inés Rey declara la emergencia sanitaria

Ya ha pasado más de un mes desde el inicio del conflicto de la recogida de la basura

Fue el 24 de junio cuando se inició el conflicto de la basura. Un mes y un día después conoceremos el nombre de la empresa que reforzará el servicio de recogida.

Basura acumulada e incendios en contenedores

El primer mensaje que se envió desde alcaldía fue, “al estar convocada la huelga no se puede declarar el estado de emergencia sanitaria”. Cuando tuvieron lugar esas declaraciones ya habían pasado los dos días de huelga anunciados inicialmente, situación similar a la de 2022 cuando se declaró la emergencia sanitaria con mayor agilidad.

El segundo mensaje tenía como protagonista a la empresa responsable de prestar el servicio de recogida de basura. Inés Rey olvidó hacer referencia a que dicha empresa tiene un contrato anulado por el TSXG desde hace más de diez meses, sentencia que el Gobierno local no ejecuta y sobre la que no ofrece respuestas.

En medio de este proceso tuvo lugar un hecho asombroso. El sindicato STL pidió como mediador entre empresa y sindicato al concejal de gobierno Gonzalo Castro, una propuesta muy significativa.

El viernes pasado, tras una reunión con Luisa Varela y representantes de algunas asociaciones vecinales, la alcaldesa envió un nuevo mensaje dándole tres días a la empresa concesionaria para desbloquear el conflicto y terminar con la acumulación de deshechos en las calles.

Para protegerse del desagradable edor, no es raro ver a gente utilizando mascarillas que nos recuerda a los años de la pandemia, aunque lo más grave son los incendios en contenedores urbanos que llevan causados múltiples daños en vehículos, viviendas y locales comerciales.

Inés Rey esperó a las 15:41 de ayer para publicar el decreto de emergencia sanitaria, utilizando como excusa para esta lenta respuesta el cumplimiento de los plazos legales. Realmente lo que anunció fue otro plazo, las 10 horas del día 24, fecha límite que tienen las empresas para presentar sus ofertas.

Las grandes preguntas sin respuesta:

¿Por qué el Gobierno de Inés Rey, pasados más de diez meses, no ha ejecutado la sentencia del TSXG? ¿Por qué no da ninguna explicación sobre esta extraña situación?

¿Cuál fue la verdadera razón que motivó la retirada de los expedientes y denuncias en los conflictos de 2022?

¿Qué tipo de relación tenía y tiene el líder del sindicato STL con miembros del Gobierno de Inés Rey?

Los afectados, abandonados

Dado que el número de afectados por incendios y demás incidentes sigue creciendo, debemos plantear estas preguntas.

¿Tiene pensado el Gobierno de Inés Rey asumir responsabilidades y/o colaborar en gastos provocados por este conflicto que sufren los contribuyentes?

¿Seguirá dejando sin apoyo y asistencia a los vecinos damnificados esperando a que estos  constituyan  una plataforma de afectados? 

Para evitar interpretaciones tendenciosas, adjuntamos un resumen de la Ley 5/2007 de emergencias de Galicia

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En esta línea, en el título segundo se mantiene en los municipios la responsabilidad de prestar los servicios primarios de protección civil y la actuación inicial ante cualquier situación de emergencia que se detecte. Asimismo, la ley se preocupa en particular de señalar a las diputaciones provinciales sus responsabilidades en la garantía del cumplimiento por los municipios de sus obligaciones en esta materia, tomando en consideración la realidad supramunicipal en previsión de que en el futuro puedan constituirse entidades locales de este ámbito que asuman competencias sobre protección civil y gestión de emergencias.

Artículo 10. Distribución de las responsabilidades públicas en materia de protección civil y gestión de emergencias.

c) Los municipios y entidades locales supramunicipales, en su caso, la prestación de los servicios de protección civil y la actuación inicial ante cualquier situación de emergencia que se detecte, con las previsiones del artículo 331.1 de la Ley 5/1997, de Administración local de Galicia.

Artículo 27. Los municipios.

1. Sin perjuicio de la competencia general en materia de protección civil y gestión de emergencias que el artículo 10 de la presente ley atribuye a todos los municipios, corresponde a los municipios de más de 20.000 habitantes:

Artículo 37. Gestión de riesgos ordinarios.

1. Organización de la gestión: a) Cuando la emergencia afecte al territorio de un único municipio y los medios de que este disponga sean suficientes para la atención de la emergencia, la Agencia Gallega de Emergencias, a través del Centro de Atención a las Emergencias 112 Galicia, limitará su cometido a calificar el riesgo, movilizar los medios y realizar el seguimiento y cierre de la misma.

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