Mientras el ayuntamiento de Carlos Calvelo ofrece 1 plaza por cada 10 habitantes con comida gratis incluida, el gobierno de Inés Rey da 1 por cada 40 y veta a niños con alergias, parálisis cerebral o trastornos de conducta. La alcaldesa y Canosa siguen sin responder: el silencio como única política de inclusión
El juego de las cifras que no responde a las exclusiones
Tanto la alcaldesa de A Coruña, Inés Rey, como la concejala de Campamentos de Verano, Nereida Canosa, han evitado sistemáticamente responder a las críticas sobre las exclusiones en la matrícula de sus campamentos. Su estrategia ha sido clara: desviar la atención comparando el número de plazas del Ayuntamiento coruñés con las que oferta otra administración de ámbito superior.
Pero como el objetivo era no responder a las exclusiones que aplican en el proceso de matriculación, cabe realizar una comparación más ajustada: la de dos administraciones del mismo tipo, dos ayuntamientos limítrofes. El resultado es demoledor para el gobierno local.
Cifras que hablan solas: una plaza por cada 40 habitantes en A Coruña, una por cada 10 en Arteixo
Inés Rey anunció poco más de 6.000 plazas para campamentos de verano y presumió de ofrecer una plaza por cada 40 habitantes de la ciudad. Sin embargo, el Ayuntamiento de Arteixo, que lidera Carlos Calvelo (PP), ya abrió la inscripción de 3.000 plazas y alcanzará las 3.500, lo que supone más de una plaza por cada 10 habitantes.
En resumen: el Ayuntamiento de Arteixo saca 4 veces más plazas de campamentos de verano que el Ayuntamiento que lidera Inés Rey. Y no solo eso: en Arteixo, muchos de esos campamentos incluyen la comida de los participantes gratis, favoreciendo así la verdadera conciliación familiar sin coste añadido para las familias.
Mientras tanto, en A Coruña, la oferta de servicios de campamentos de verano va muy por detrás de la de este ayuntamiento limítrofe.
El silencio sigue siendo la única respuesta a las exclusiones
Pero el juego de cifras que manejaron en vídeos la alcaldesa y la concejala dejó sin responder la pregunta clave: ¿por qué se hacen exclusiones a la hora de la matrícula? Unas exclusiones que, a día de hoy, siguen sin respuesta y que, según denuncian familias y asociaciones, favorecen el negocio privado en lugar del servicio público.
La política social de Inés Rey, en la práctica, deja fuera a menores con alergias graves, diversidad funcional y trastornos de conducta. Las bases de los campamentos de verano del Ayuntamiento de A Coruña esconden un entramado de requisitos y condiciones que, lejos de garantizar la inclusión social que prometen, establecen barreras discriminatorias para los menores con necesidades educativas especiales (NEE), alergias graves o diversidad funcional. Mientras el gobierno local presume de políticas sociales, el documento que regula estos programas evidencia una realidad muy distinta: la exclusión silenciosa pero efectiva de los niños y jóvenes más vulnerables.
Alergias e intolerancias: la exclusión más flagrante
El punto más preocupante de las bases se encuentra en la página 5, donde se especifica textualmente que «non terán a consideración de NEE… aquelas situacións que non constitúan unha necesidade educativa especial…, tales como, a título exemplificativo e non exhaustivo, alerxias ou intolerancias alimentarias (incluída a celiaquía), ou dietas especiais».
Esta cláusula supone un muro infranqueable para menores con alergias graves. Un niño con celiaquía, cuya condición médica requiere cuidados específicos y puede afectar gravemente su salud si no se maneja adecuadamente, queda automáticamente excluido de la categoría NEE. Si una familia solicita una plaza basándose en esta condición, su petición será rechazada para esa categoría y tramitada como una solicitud ordinaria, sin ningún tipo de apoyo específico.
La decisión municipal contradice abiertamente la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad (Real Decreto Legislativo 1/2013), que incluye las enfermedades crónicas que limitan la participación social como discapacidad a efectos de protección.
Barreras físicas: el requisito de saber nadar como filtro excluyente
Dos de los campamentos incluyen un requisito que, en pleno siglo XXI, resulta especialmente llamativo por su carácter excluyente. Tanto el Campamento Tradicional de Pernoctación (página 17) como los Campamentos Mocidade (página 22) exigen como condición indispensable que los participantes sepan nadar.
«É necesario que as persoas participantes saiban nadar», reza la base del primer programa. En el segundo se insiste: «Trátase dun campamento multideportivo con actividades no medio acuático, polo que é imprescindible saber nadar».
Esta exigencia excluye automáticamente a cualquier menor con discapacidad motriz, parálisis cerebral, o cualquier otra condición que le impida desenvolverse en el agua. No se contempla adaptación alguna, ni alternativa para quienes puedan participar en el resto de actividades pero no en las acuáticas. Un requisito desproporcionado que convierte la discapacidad física en una condena a la exclusión.
La «inclusión condicionada» de los menores con diversidad funcional
Las bases reservan plazas para menores con diversidad funcional, pero la participación no es absoluta. En los Campamentos de Día, Urbanos y Mocidade (páginas 10, 13 y 20) se ofertan plazas «para menores con diversidade funcional nun grao que non lles impida participar nas actividades co grupo». Es decir, si el grado de discapacidad es tal que el menor no puede seguir el ritmo del grupo estandarizado, el campamento no está diseñado para atenderle.
Aún más preocupante es lo establecido en la página 20 para los Campamentos Mocidade. Allí se detalla que podrán participar jóvenes con diversidad funcional siempre que cumplan tres condiciones: tener capacidad de comunicación y participación, tener una movilidad «acorde» con las características de las actividades, y «non presenten trastornos que poidan alterar a convivencia durante a actividade».
Esta última cláusula es especialmente grave. Deja en manos de la organización la decisión sobre qué trastornos pueden «alterar la convivencia», lo que abre la puerta a la exclusión arbitraria de menores con trastornos de conducta o del neurodesarrollo, vulnerando la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que exige apoyos individualizados en entornos inclusivos, no la exclusión por posibles conflictos.
Un requisito más: la escolarización como filtro
En la Escola OMIC (página 25), se añade otra condición restrictiva: «Só poden solicitar praza NEE menores con necesidades educativas especiais escolarizados en centros educativos ordinarios». Esto deja fuera a cualquier menor con NEE que esté escolarizado en un centro de educación especial, negándoles el acceso a esta reserva de plazas.

